POLITICA CRIMINOLOGICA Y SENDERO LUMINOSO

 EL PRIMER PASO PARA UN CAMBIO ES LA INFORMACIÓN



INTRODUCCIÓN

 

En el presente trabajo de información tiene como finalidad recordar sobre el “Sendero Luminoso” y las graves consecuencias que ocasionó en nuestro País, si bien es cierto no es para nada agradable recordar todas las atrocidades cometidas es necesario hacerlo ante el alarmante desconocimiento que tiene muchos jóvenes sobre este grupo terrorista que enlutó a todo el País.

La finalidad que tenemos como equipo es poder informar tanto a los estudiantes de derecho como a todos los peruanos, ya que lo sucedido por los años 90 fueron momentos catastróficos para nuestros compatriotas y debemos recordarlo siempre ya que un País que no conoce su historia está condenado a repetirla. Por lo que abordaremos acciones como manifestar, comentar, analizar, argumentar, e interpretar sobre la política criminal, terrorismo, brindar propuestas al tratamiento de los movimientos ideológicos radicales.

El grupo N°03 tomo las debidas diligencias para presentar y acoplar toda la información, el trabajo fue asincrónico, estableciendo un día para la presentación de sus trabajos para poder dar por finalizado el proyecto final, fue de gran ayuda que entre los miembros del equipo esté presente mucho la empatía y solidaridad entre todos para poder avanzar con un equipo. Por otro lado, también se nos presentaron dificultades para recolectar información que sea verídica para poder realizar un trabajo con un grado alto de autenticidad y validez.

La metodología que llevó a cabo nuestro grupo fue un análisis cualitativo, relatando en el informe en qué se comprende la Política criminal en nuestro País, estrategias, métodos y acciones que se deben de tomar para llevar a cabo los planes de prevención del delito para esto utilizamos varios recursos como los medios audiovisuales, video gráfico, revistas, libros y las opiniones de los tacneños dadas en la entrevista que fue realizada.

La estructura del marco teórico se divide en 4 (cuatro) partes. 

En la primera parte se brinda un concepto general sobre la política criminal en el Perú y su evolución en el tiempo.

La segunda parte trata sobre el lineamiento y en que se centra.

La tercera parte trata sobre el fenómeno terrorista que golpeó a nuestro país. 

Finalmente, la ubicación del terrorismo en la ley y sus penas.

 

LA POLITICA CRIMINOLOGICA EN EL PERÚ

 

¿Qué es la política criminológica?

La política criminológica comprende todas las estrategias, herramientas y acciones del Estado encaminadas a controlar y prevenir las conductas delictivas, estas estrategias, métodos y acciones deben contar con voluntad política a través de las instituciones, y llevar a cabo planes de prevención del delito y operaciones. Con la intención de poder manejar los fenómenos delictivos y abordar las causas fundamentales además de prevenir el aumento de determinadas actividades delictivas.

La Política criminológica y el Perú

Perú ha sido uno de los países donde la política criminológica ha ido evolucionando con en el tiempo. Como sabemos este es el problema de todas las sociedades; pero a pesar de la larga experiencia de este fenómeno no ha logrado reducir a este problema. 

El problema actual es que los hechos delictivos se han puesto a la medida de los tiempos. La incidencia de los delitos en base a tecnología avanzada, por ejemplo: cometer delitos como la pornografía a través de Internet, el robo en cuentas bancarias (dinero en cuentas de ahorro o tarjetas de crédito) y otros delitos que ponen en riesgo a la sociedad.

El Perú adapto el criterio de las Políticas criminológicas, incrementado sus planes frente a este problema, por ejemplo, ahora no solo el ejecutivo o el legislativo es quien se encarga de la seguridad sino también nosotros mismos, un claro ejemplo viene a ser las juntas vecinales, donde la mayoría de sus integrantes son los mismos vecinos.

Hoy, estos planes de prevención se han aplicado. En el ministerio público existen los líderes juveniles y Fiscal de la escuela, este es un plan a largo plazo, desde la primera vez compuesto por jóvenes que han mostrado sesgos de adaptación en la sociedad, a través de la conversación, les dan roles y les ayudan a realizar la recuperación, y estos a su vez enseñan a otros jóvenes que se acaban de recuperar se reincorporen al programa para desempeñarse bien en la sociedad.

Para que exista una Política Criminal exitosa es necesario realizar auditorías de personal, fortalecer y capacitar la Policía nacional a fin de reducir los elevados índices de impunidad, que se presentan con mayor frecuencia en estas instituciones. Los fines de una política criminal son de prevención y de erradicación, y que todos participemos en ella.

I.            Lineamientos básicos de una política criminológica del estado peruano. 

Los lineamientos se centran en la protección de los derechos humanos en cuanto límites de la intervención penal. Ahora nos basamos en lo escrito dentro de nuestra

Constitución Política del Perú en su Artículo 1°,

“Artículo 1.- Defensa de la persona humana La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.”

Concordado con el artículo 44º, 

Artículo 44.- Deberes del Estado Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. 

Lo que nos quiere decir es que nos encontramos en un Estado social y democrático de derecho. Estas normas mencionadas afirman que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son los fines supremos de la sociedad y del Estado, es su deber de garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; protección de la población de las amenazas contra su seguridad, y promoción del bienestar general. Por lo tanto, se asume la dignidad de la persona como el valor supremo y el principio jurídico que conforma la columna vertebral básica de todo el ordenamiento constitucional, a la vez de ser fuente de todos los derechos fundamentales. 

En consecuencia, al estar de acuerdo a la perspectiva humanista, la naturaleza de la política criminal se muestra garante de los principios de un derecho penal mínimo que somete su estructura y sentido a las disposiciones constitucionales y a los diferentes instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Por ello el Tribunal Constitucional ha señalado que la política criminal del Estado se halla encuadrada y condicionada por su política social general; y que el ius puniendi funciona con sus limitaciones dentro de un marco penal de la Constitución, bajo los estándares internacionales referidos a la protección de derechos fundamentales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TERRORISMO: POLÍTICA CRIMINOLÓGICA Y CONTEMPLACIÓN EN EL SISTEMA PENAL PERUANO

 

Durante los años de 1980 y 2000 se vivió en el Perú un conflicto armado interno entre el Estado Peruano y los grupos subversivos Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru, que generaron múltiples violaciones a los derechos humanos. Como consecuencia del conflicto armado, el Estado se vio en la necesidad de instaurar un Subsistema en la Administración de Justicia, que pudiera hacer frente a las graves violaciones a los derechos humanos que se habían cometido; otorgándole para ello, la potestad de poder investigar, procesar y juzgar dichos actos.

     I.      Terrorismo y Política criminológica 

La política criminal internacional se había limitado a armonizar determinadas conductas que es por su gravedad podían ser calificadas como tales ante la posibilidad de llegar a un acuerdo sobre el concepto de terrorismo.

Durante los años 70 el fenómeno terrorista se vinculaba al ejercicio de la violencia por grupos terroristas autóctonos de corte separatista o antisistema, el conjunto de normas internacionales sobre terrorismo se ha ampliado de forma significativa especialmente tras la creación de instrumentos y mecanismos de lucha contra el terrorismo sin embargo esta resolución no vínculo el derecho global contra el terrorismo con los derechos humanos. 

La experiencia americana para elaborar una política de seguridad antiterrorista y sumándose a la política criminal auspiciada por Naciones Unida, esto permitió a los Estados Unidos utilizar la ideología de la normalidad para considerar la intervención frente a fenómenos criminales como el terrorismo. Con ellos se cae en el peligroso error de admitir la normalidad y democrática siendo imposible luchar contra las amenazas del fenómeno del terrorismo y que el derecho penal del ciudadano es inútil frente al mismo.

 El problema del terrorismo ha sido utilizado para crear nuevos poderes al servicio del estado limitando los derechos de los ciudadanos, se crean tribunales especiales para el enjuiciamiento de los delitos de terrorismo, se prolongaban los tiempos de detención policial, se limita la elección de asistencia letrada, se limita el alcance de las comunicaciones del detenido o se amplía las competencias policiales en la práctica de ciertas diligencias de investigación. De tal manera sí minimiza la fase de investigación las garantías procesales derivadas de los derechos fundamentales a la libertad y a la tutela judicial efectiva.

La normalización de las legislaciones en materia de terrorismo se demuestra con varios datos significativos, por una parte realizando limitaciones a los derechos fundamentales o a través de cambios constitucionales sino mediante leyes ordinarias o incluso decretos leyes órdenes dictadas por el ejecutivo. Desafortunadamente esta aparente necesidad de intervención con excepcionalidad democrática frente al fenómeno del terrorismo, unida a la convicción falsa, de qué no existe otro medio de evitar los daños de la violencia terrorista.

 

Por lo tanto, la necesidad de los estados ha tenido que estirar los límites de la democracia hasta llegar a un punto de convertirlas en leyes antiterroristas en auténticos laboratorios donde distintas normas penales y procesales han puesto a prueba la resistencia de los principios y garantías que rigen en llamado estado social y democrático de derecho.

                                                     

II.        Contemplación del terrorismo en la legislación peruana

Habiendo pasado tiempo desde el levantamiento de los grupos subversivos, el estado ha puesto al tema perfil bajo. Sin embargo, a pesar de la caída de Sendero Luminoso ya su vez el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru; la ideología de estas agrupaciones que ocasionaron tanto dolor a los peruanos aún insiste en persistir. Actualmente nuestro Código Penal Peruano, no considera al terrorismo como delito, pero si considera la apología al terrorismo en el artículo 316 - A.

316- A. Apología del delito del terrorismo. - Si la exaltación, justificación o enaltecimiento se hace del delito de terrorismo o de cualquiera de sus tipos, o de la persona que haya sido condenada por sentencia firme como autor o partícipe, la pena será no menor de cuatro años ni mayor de ocho años, trescientos días multa e

inhabilitación conforme a los incisos 2, 4, 6 y 8 del artículo 36 del Código Penal.”

Código Penal Peruano [CP] Ley N 30610 de 2007. 23 de junio 2017 (Perú)

Entonces, ¿el Perú ya es libre del terrorismo?, definitivamente no, lamentablemente. Aún se han revelado acciones terroristas de parte del grupo subversivo

Sendero Luminoso llamado “la Masacre de Satipo” donde fueron 18 personas las que murieron entre hombres, mujeres y niños. Se asumió que los actores de este crimen fueron Sendero Luminoso ya que se encontraron panfletos con su pronunciamiento ante las elecciones presidenciales que se suscitaron este año 2021.

Lo ocurrido en Satipo demuestra que nuestro estado se ha relajado mucho con el tema, nuestro Código Penal que debería mostrarse a la altura de los tiempos, ha asumido una posición en la que el terrorismo fue parte del pasado, mostrando el capitulo con el que quiere seguir el Perú.  

             

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL CONTRA EL TERRORISMO

 

En los años más sangrientos de nuestro país, la política de seguridad y defensa nacional eran necesarias, puesto que, se vieron perjudicadas con el surgimiento de movimientos radicales, donde dicho movimientos enseñaban a los niños y a las personas indefensas una doctrina de rebeldía al sistema capitalista. Asimismo, dicha doctrina se practicó con mayor fuerza en las zonas rurales de nuestro país y esto ocasionó que el pensamiento radical avance con fuerza en las zonas olvidadas por nuestros gobernantes. Las comunidades campesinas eran las más golpeadas por estos movimientos radicales, es por esta razón que por la falta de militares y policías se crearon en el año 1970 las rondas campesinas como una política de seguridad y defensa nacional.

No obstante, el estado al momento de obtener la información exacta sobre la forma de cómo existía un adoctrinamiento a las personas, se practicaron políticas de seguridad y defensa nacional, específicamente en el departamento de Ayacucho con miles de militares y policías para poder frenar el movimiento radical que amenazaba el estado de derecho de nuestro país. Sin embargo, no tuvieron tanto éxito ya que no se conocía la forma de pensar de los movimientos radicales, asimismo, casi ningún país tenía estrategias para prevenir este tipo de escenarios. A la vez, las fuerzas armadas se encontraban frente a un estado altamente burocratizado, que se demoraba meses en decidir la participación de las fuerzas armadas para que intervengan frente al terrorismo que se vivió. Fue recién en el año 1982 en el gobierno de Belaunde que se decide admitir la participación de las fuerzas armadas con una formación de protección a los derechos fundamentales de las personas.

Resaltamos que la DINCOTE (Dirección Contra el Terrorismo) fue creada en el año 1981, dentro de la policía de investigaciones, las cosas empezaron a cambiar de manera positiva, sin embargo, no fue suficiente para derrotar al terrorismo que existía ya que a la vez el Perú vivía otros tipos de problemas, como la inflación, informalidad, y el descenso general de la producción.

No obstante, con la llegada del gobierno aprista en el año 1985 no hubo muchos avances contra la lucha del terrorismo, puesto que, las estrategias eran las mismas y a la vez pensaban que los terroristas tenían derechos fundamentales como todo peruano. El gobierno aprista recientemente en el año 1989 se dio cuenta, que a pesar de que eran personas los terroristas mataban a personas inocentes. Sin embargo, con sus indecisiones y con su falta de criterio con anterioridad no solo hicieron que exista una desconfianza dentro de las Fuerzas Armadas; antes de culminar el gobierno aprista se creó el grupo GEIN (Grupo Especial de Inteligencia) en el año 1990, el cual fue participe de la captura del líder de Sendero Luminoso Abimael Guzmán.

Ahora bien, con la llegada de Fujimori en el año 1990 la política de seguridad y defensa nacional fue más eficaz, ya que, fomento estrategias para la lucha contra el terrorismo, esto quiere decir, que incentivo a los militares que buscaran mejorar su relación con la población, más acción cívica, protección de los poblados atacados por Sendero y la creación de organismos de Defensa Civil. Esto no sólo le crearía serios problemas tácticos a Sendero, sino que además se convirtió en una gran fuente de inteligencia. El problema para el Estado peruano se localizó en las ciudades, sobre todo en Lima.

Con la llegada de Sendero Luminoso en Lima las estrategias eran más fuertes, ya que, para que existan mayores policías, se dio un incentivo mayor. A su vez, con la caída de la Unión Soviética en el año 1991, ayudaron a la lucha contra el terrorismo en nuestro país, puesto que, se tomaron algunas estrategias de esa lucha.

Sumado el golpe de Fujimori en 1992 donde disuelve el Parlamento, declara en reorganización el Poder Judicial, clausura el Tribunal de Garantías Constitucionales, declara en reestructuración la Contraloría General de la República y proclama el nacimiento del “Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional''. (Tudela, 2015)

No obstante, el buen trabajo en equipo y de un buen servicio ayudaron con la captura del cabecilla terrorista Abimael Guzman Reynoso. En la actualidad, existen leyes muy eficientes contra las personas que tuvieron una participación directa como miembro de una cúpula que es de cadena perpetua, asimismo como la apología establecida en el código penal en el artículo 316. No obstante, no pueden participar en política las personas sentenciadas por terrorismo. 

En síntesis,  lado el Estado Peruano ha tomado y tiene la responsabilidad política de seguridad como también jurídica de restablecer el orden y la seguridad interna y el  deber de reprimir, juzgar y sancionar dentro de los cauces legales a los grupos terroristas como sendero Luminoso y anteriormente el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru que con sus actos criminales, en el campo y en la ciudad como  en diversos Lugares de nuestro País   han violado sistemática y permanentemente los Derechos Humanos durante varios años. Esto ocasionó  que la Población Peruana pierda la confianza en las autoridades e instituciones incitando así a una confrontación, es por ello que ha existido un conflicto interno más hablado y conocido como

“lucha” y no de “guerra” frente al fenómeno terrorista

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROPUESTAS AL TRATAMIENTO DE LOS MOVIMIENTOS IDEOLÓGICOS RADICALES

 

I.      Reforzar la JNE para evitar que partidos políticos con vínculos con el senderismo u otra ideología radical sean eximidos de la inscripción correspondiente. 

Esta propuesta tiene como indicio poder establecer un filtro para que los partidos políticos que sean vinculados con grupos subversivos (Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru) y alienados a una ideología radical que pueda atentar con los Derechos Humanos no sean partícipes de poder postular a inscribirse en el JNE. Con esta propuesta no queremos acortar los derechos de libre expresión, no obstante, el estado como ente encargado de justicia no puede albergar a investigados de terrorismo o apología al terrorismo.  

Para poder mostrar este descontento queremos invocar el derecho de petición el cual se encuentra sustentado en el Artículo 2 inciso 20 dentro de nuestra Constitución Política del Perú.

“A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la

autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. Los miembros de las Fuerzas

Armadas y de la Policía Nacional sólo pueden ejercer individualmente el derecho de petición.” Por lo tanto, se deberá pedir al Jurado Nacional de Elecciones, la modificación dentro de la Ley de Partidos Políticos el Art.6°. - El Acta de Fundación, dentro de su inciso se menciona que: 

“Los fundadores del partido no podrán estar procesados o condenados por

delitos de terrorismo y/o tráfico ilícito de drogas. Los fundadores del partido no podrán

estar procesados o condenados por delitos de terrorismo y/o tráfico ilícito de drogas.”

Se resaltará el hecho que no solo los fundadores deben estar sujetos a la regla, sino también los miembros del partido, debido al peligro se puede ver expuestos los ciudadanos al elegir a las autoridades en cargos de poder con estos antecedentes.

La importancia radica en que pongamos fin a los partidos políticos que amenazan la integridad de todos los ciudadanos peruanos con esta iniciativa queremos evitar que nuestro país se exponga a caer en ideologías radicales, ya que después de todo somo un país democrático, social, independiente y soberano, por lo que caer en retroceso a los avances que realizamos como nación sería un gran error. No debe subestimarse a los partidos radicales pues la demagogia es una de sus armas para poder afianzarse en el poder. 

 

II.      Concientizar a los jóvenes y adolescentes sobre los delitos que cometieron los grupos extremistas como Sendero Luminoso y las consecuencias que trajeron. 

Dentro de lo que se pretende hacer es instruir sobre el tema del terrorismo en el

Perú a los estudiantes de nivel secundario de los colegios nacionales y privados (1ero a 5to), además de que los profesores deberán incentivar a sus estudiantes a conocer sobre la historia, mediante actividades donde los jóvenes puedan dar a conocer lo que saben sobre la Historia Peruana.

El tema del terrorismo es un tema muy corto (2 páginas) en nuestros libros de Historia, debido a ello es que muchos estudiantes no le toman la importancia que se merece este tema. Es por eso que se debe poner énfasis a este tema, de modo que se pueda explicar detalladamente sobre cómo se dio el terrorismo en nuestro país y las consecuencias que dejó el terrorismo. Una de las alternativas que pueden asumir los colegios son los concursos entre salones con premios de por medio, muy aparte de divertirse también estarán dando a conocer sobre lo que aprendieron acerca de la historia peruana.

La gran mayoría de jóvenes y adolescentes no recuerdan, no conocen y no saben sobre el terrorismo y muchos coinciden en que en el colegio no se les enseñó debidamente sobre el terrorismo. Por lo que de ahí radicaría el incentivar a los estudiantes de una manera divertida para no provocar aburrimiento en ellos, y esa forma es organizando actividades donde los estudiantes puedan participar.

 

III.      Prohibir que alguna persona investigada, vinculada o sentenciada por terrorismo llegue a tomar algún puesto de funcionario público. 

Últimamente personas vinculadas o han cometido algún delito están llevando algún proceso judicial o vienen postulando a diferentes instituciones públicas ocupando cargos muy importantes sin haber esclarecido o solucionar dichos problemas.

Habiendo planteado el motivo de nuestra propuesta es incentivar a través de comunicados o reuniones a las entidades públicas haciéndoles recordar dichos artículos mencionados de que se prohíbe a sentenciados por corrupción o narcotráfico.

Como ya tenemos conocimiento existe la Ley 30717 que establece impedimentos para postulantes al Congreso. Norma que prohíbe a sentenciados por terrorismo, corrupción, narcotráfico y violación sexual ser candidatos en las próximas elecciones municipales y regionales”. Es con esa condición invocar a los diferentes artículos 107 y 113 se pronuncien y sea de conocimiento público a todos los que consideren postular alguna de estos altos mandos y funcionarios públicos.

Consideramos que está propuesta es muy esencial para poder culminar con la lucha de la corrupción y el tratamiento de los movimientos ideológicos radicales para que así podamos tener un País íntegro.

 

IV.      Crear recursos videográficos para informar a la población sobre el terrorismo y los delitos que traen en su vida personal mediante la tecnología 

Utilizar las plataformas conocidas como el Facebook, Instagram y Tik Tok para incorporar videos cortos del terrorismo que se vivió en nuestro país o documentales de pocos minutos para el alcance de todos. A la vez, conocer las preferencias de la población para que se pueda realizar de manera eficiente videos con mayor frecuencia en la plataforma con más alcance. Recalcando que, el Tik Tok es una plataforma que están los jóvenes y que dicho sea de paso son los menos informados sobre este tipo de temas, ya que no lo vivieron y no lo aprendieron en el colegio.

Esto mismo se podría fomentar mediante un equipo que tengan las ganas de informar de manera eficiente sobre el terrorismo de nuestro país. Asimismo, esta información tiene que ser verídica y concisa. 

Para concientizar a la población sobre el terrorismo que existió en el Perú, asimismo, como emplearon sus doctrinas en algunos departamentos porque el peruano que no conoce su historia está condenado a repetirla. Sin embargo, también concientizar las ineficiencias de las estrategias y hacerle entender de las trabas burocráticas que se vivían en los años 80. Asimismo, como los movimientos radicales atacaban a las personas menos informadas y a las comunidades olvidadas por el estado peruano.

  

 

 

CONCLUSIÓN

 

De acuerdo a toda la información antes expuesta sobre la política criminal y el terrible atentado terrorista hacia nuestro País de parte del grupo guerrillero Sendero Luminoso en el Perú (1980-1909), como equipo consideramos que el surgimiento de estos movimientos terroristas en el Perú se debió a las siguientes razones: En estas regiones hay poblaciones que son olvidados por parte del Estado, permitiendo que no exista ningún control ni orden. Las vías de comunicación eran casi nulas y por lo tanto permitían que estos poblados pudieran ser más fácilmente controlados por alguna organización terrorista. 

 

Todos estos factores nos llevaron a los asesinatos de autoridades civiles y políticas que eran representantes del presidente de la República, a manos de estos terroristas fallecieron injustamente 593 víctimas, siendo estas una de las consecuencias más importantes del grupo armado.

 

Como equipo llegamos a la conclusión de que para lograr cualquier cambio debemos empezar con el primer paso que es el conocimiento de todos los desastres que fueron ocasionados y que parte de nosotros mismo no volver a repetir la misma triste y trágica historia.

 

Finalmente, las acciones del senderismo no dieron como resultado una fuerte crisis económica y política en el nuestro territorio, y como consecuencia también afectó de forma directa las relaciones del país con entes internacionales.


Bibliografía

I.           Diario Oficial del Bicentenario "El Peruano". (2017). Ley que modifica el artículo 316 e incorpora el artículo 316-A al Código Penal, Tipificando el delito de apología de terrorismo LEY-N° 30610. Elperuano.pe.

 

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-modifica-elarticulo-316-e-incorpora-el-artic

 

II.         Letner, G. (n.d.). Lineamientos para una política criminal del siglo XXI.1a ed. Buenos Aires: Unidos por la Justicia Asociación Civil, (2006) 

 

https://www.unidosjusticia.org/wpcontent/uploads/2021/02/LETNER_lineamientos_politica_criminal1.pdf

 

III.        Tudela, F. (2015, abril 13). LA VIOLENCIA TERRORISTA EN EL PERÚ, SENDERO LUMINOSO, Y LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Violencia terrorista en el Perú I. Recuperado el 22 de septiembre de 2021, de: 

 

https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/BD0C6CC2DA0E3A8E0525 7BF1001AA8BB/$FILE/La_violencia_terrorista_en_el_Per%C3%BA_I.pdf

 

IV.       Sack Ramos, Sylvia Jacqueline (2012). LA POLITICA CRIMINAL HOY EN DIA EN NUESTRO PAIS. 

 

https://derecho.usmp.edu.pe/Itaest_Articulos_Estudiantiles/03-

2012_LA%20POLITICA%20CRIMINAL%20HOY%20EN%20DIA%20EN%20NUESTRO %20PAIS.pdf

 

V.         Leyva, P. L. (2021, febrero 23). Política criminal. Forojuridico.mx. 

 

https://forojuridico.mx/politica-criminal/

 

VI.       Ministerio del interior. POLÍTICA NACIONAL MULTISECTORIAL de lucha contra el

TERRORISMO (2019-2023). Lima: Perú. Tarea Asociación Gráfica Educativa, (20 de octubre del 2020)  

 

DWP - POLITICA DE LUCHA CONTRA EL TERRORISMO.pdf (www.gob.pe)

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